martes, 22 de diciembre de 2009

Las mineras canadienses: el modelo de Barrick Gold



BARRICK GOLD. VERGUENZA DE CANADÁ

Las mineras canadienses: el modelo de Barrick Gold (parte 1)

En un reciente reportaje publicado por el diario mexicano La Jornada -y que reproducimos a continuación-, se analiza en profundidad el modus operandi de trasnacionales mineras canadienses en México y otras partes del mundo.

El denominador común en el accionar de las mineras canadienses sigue siendo la explotación abusiva de recursos, falta de respeto por la preservación del medio ambiente y las condiciones de vida y de salud de las poblaciones locales.

En Chile, Barrick Gold , la minera de oro con oficinas centrales en Toronto (Canadá) es la principal responsable del proyecto Pascua Lama, que amenaza con destruir el medio ambiente y la subsistencia de las poblaciones locales del valle del Huasco y alrededores. Un triste ejemplo.

A continuación el artículo "Las Mineras Canadienses" de Carlos Montemayor (La Jornada de México - Julio 2008)

(Parte 1)

Canadá es uno de los países notables en los tiempos actuales. Durante cerca de ocho años consecutivos encabezó la lista de las naciones con mayor índice de desarrollo humano, según el informe singular que desde 1990 el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo prepara anualmente. Esta proyección de la evaluación del desarrollo parte de ciertas variables propuestas en la década de los años 80 por Mabub Ul Haq y el premio Nobel de Economía Amartya Sen. En estos balances no se refleja tanto el volumen total de riqueza producida en un país, o el movimiento total de capitales en determinada zona, sino el beneficio y desarrollo reflejado en la salud, el promedio de vida, la educación, la vivienda, la alimentación y el ingreso de los habitantes.

Sin estas condiciones de evaluación se entiende que por el volumen económico México haya podido en algunos balances cuantitativos presentarse como la undécima economía del mundo, pero su realidad se revela en el índice de desarrollo humano, donde aparece en el número 54, dentro del grupo de países de mediano desarrollo humano y al mismo nivel de Cuba, que ocupa el número 55.

En términos artísticos Canadá ha impreso un relevante aporte en múltiples campos. Además de la poesía, el teatro, el cine, el ensayo, notables en lengua francesa en el área de Quebec, todos los géneros artísticos se impulsan en un proyecto multilingüe y multidisciplinario que tiene su mejor ejemplo en Banff Center International, donde he tenido oportunidad de colaborar en proyectos de traducción literaria desde hace algunos años.

Algunos proyectos de investigación científica, tecnológica y social de las universidades canadienses son también notables en varios campos del conocimiento y del hacer político, particularmente en el movimiento de multiculturalismo que está surgiendo en Canadá como política de Estado y que parte de dos principios fundamentales: primero, que los movimientos migratorios son una característica básica y un comportamiento natural de la humanidad; segundo, que si puede caracterizarse a la humanidad por el movimiento migratorio de la totalidad de los pueblos en un momento dado, la consecuencia de la naturaleza humana es que estamos obligados a vivir con nuestra diversidad.

Así, “vivir juntos” ya no implica justificar un equilibrio social desde la perspectiva de una mayoría, sino desde la perspectiva de la multiculturalidad. Por tanto, los derechos humanos deben incluir cada vez con mayor claridad la idea de que el individuo no es un ente aislado, sino integrado en un contexto social, político y cultural que existe previamente a su aparición y que permanecerá después de él. Esto le da identidad y le permite reconocerse como ser humano.

Por ello en Canadá la integración social es también destacada, si se toma en cuenta el tratamiento legal, cultural y económico dado a los pueblos indígenas, allá denominados first nations, primeras naciones. En abril de 1999, por ejemplo, Canadá reconoció el territorio autónomo de los pueblos inuit, con extensión de un millón 900 mil kilómetros cuadrados, casi la de la República Mexicana, que es de un millón 956 mil kilómetros cuadrados. Este territorio autónomo se llama Nunavut Kamavat, gobierno de Nunavut.

El jurista canadiense James Hopkins explicó en el año 2001 que durante la demarcación territorial de Delgamuukw, el juez Lamer, cabeza de la Suprema Corte de Justicia de Canadá, reconoció por vez primera que los derechos territoriales de los pueblos nativos son sui generis porque, entre otras cosas, su fuente proviene de un sistema legal aborigen prexistente y porque las poseen comunalmente.

En este caso el juez reconoció que el “especial lazo” entre las comunidades indígenas y su territorio forma parte de la cultura distintiva del grupo aborigen y afirmó que el derecho a usufructuar la tierra está limitado a los usos “que no pongan en riesgo la capacidad del territorio para sostener a las futuras generaciones de los mismos pueblos aborígenes”. En otras palabras, el juez Lamer parece reconocer que un uso que interfiera con el empleo o usufructo tradicional de la tierra podría romper el lazo cultural del que surge el derecho territorial mismo del pueblo aborigen.

Pero la perfección, tanto en individuos como en países, es teórica, abstracta, conjetural. Contrastan con esta grandeza humanista, polìtica, social y cultural de Canadá las empresas mineras canadienses, ejemplo de la depredación brutal y de ilegalidad inexcusable. El daño ecológico, económico y social que provocan en varias regiones del mundo y de México es un ejemplo contundente de cómo un país admirable puede producir empresas transnacionales depredadoras y salvajes que pisotean la lucidez con que el juez Lamer determinó que el usufructo de la tierra está limitado a los usos “que no pongan en riesgo la capacidad del territorio para sostener a las futuras generaciones de los mismos pueblos aborígenes”. Las compañías mineras canadienses son la avanzada de la barbarie actual contra pueblos inermes y ecosistemas de países con gobiernos corruptos o vulnerables como el de México, según explicaré en las siguientes entregas.

En el caso de nuestro país, se están afectando tres regiones: San Luis Potosí, con la Minera San Xavier; la región de Huizopa en la sierra de Chihuahua, con la Minefinders y su subsidiaria Compañía Minera Dolores, y 29 municipios de Chiapas con las empresas Fronteer Development Group y Radius Gold.

En todos los casos hay un modus operandi común: la apropiación ilegal de tierras, la complicidad de autoridades federales o estatales, la sobrexplotación y contaminación de recursos acuíferos y el desastre ecológico por el sistema de explotación de tajo a cielo abierto y lixiviación.

Fuente: Carlos Montemayor /La Jornada de México

LAS MINERAS

CANADIENSES (II)

El sistema que las compañías mineras canadienses aplican en México para la explotación y beneficio de mineral es el conocido como tajo a cielo abierto y lixiviación a montones, prohibido en muchos países por su gran capacidad contaminante. La Minera San Xavier, que explota el Cerro de San Pedro en San Luis Potosí, utiliza toneladas diarias de explosivos a base de nitrato de amonio, diesel y detonantes para tumbar el cerro en por lo menos 80 mil toneladas; de este material serán aprovechables aproximadamente 32 mil toneladas, que ya trituradas se depositan en un llano tratado con arcilla. Dieciséis toneladas de cianuro de sodio mez- cladas con 32 millones de litros de agua por el sistema de aspersión bañarán el material triturado provocando así la separación y precipitación de los metales contenidos. Éste es el proceso conocido como de lixiviación.

Las explosiones que ya empezaron a detonar acabarán aproximadamente con un kilómetro de montaña. Luego continuarán hacia el subsuelo para producir un cráter de un kilómetro de diámetro por aproximadamente 250 metros de profundidad. Al cabo de algunos años, en el llano de lixiviación se habrá formado una montaña de material saturado de cianuro de aproximadamente 80 millones de toneladas. Lo más peligroso es que tal montaña de material contaminado se está acumulando a nueve kilómetros de la ciudad capital y muy cercana a otras comunidades. En el ejido Palma de la Cruz quedarán otros 120 millones de toneladas de material con grandes contenidos de sulfuros que no podrían ser lixiviables.

La oposición en varios países al uso de cianuro en el sistema de lixiviación y a la explotación de tajo a cielo abierto es creciente. En Estados Unidos, en 1998, en Montana, se prohibió el uso de cianuro para la minería de oro de y plata después de que las compañías mineras canadienses Placer Dome y Pegasus Gold Corporation ocasionaron un desastre ecológico sin precedentes. En 2003, en California, se prohibió a la compañía minera Glamys Gold Mining Company, hasta febrero de 1993 dueña de 50 por ciento de las acciones de Minera San Xavier, la explotación de una mina de oro a tajo a cielo abierto en una comunidad indígena y con el apoyo del Senado se aprobó una ley que prohíbe cualquier explotación de minas de oro de tajo a cielo abierto a base de cianuro.

En 1995, en Guyana, el dique de contención de la mina Omal, de la compañía minera canadiense Cambior Inc., se quebró y derramó 3.2 mil millones de litros de agua cianurada al río Essiquibo, ocasionando el desastre ecológico más grave e irreparable en la historia de ese país. Cambior Inc. fue hasta hace poco tiempo dueña de parte importante de las acciones de Minera San Xavier y enfrenta una demanda por 69 millones de dólares para restaurar el daño perpetrado contra los habitantes de Guyana.

Un derrame masivo de 100 mil metros cúbicos de cianuro de una compañía minera de oro en Rumania, en el año 2000, contaminó más de 400 kilómetros del río Danubio destruyendo toda especie acuática y fauna silvestre. Por ello, en julio de 2003, el primer ministro rumano, respaldado por grupos ambientalistas, se negó a apoyar a una compañía minera canadiense, Gabriel Resources Ltd., por los graves riesgos ecológicos que conllevaría.

En el interior de Canadá diversas organizaciones han creado conciencia sobre las devastadoras consecuencias sociales y ambientales que para otros países han tenido las compañías mineras canadienses. En junio de 2004, la comisión permanente del parlamento sobre asuntos extranjeros y comercio internacional presentó un informe donde se afirmaba que Canadá todavía no contaba con leyes para asegurar que las actividades de sus compañías de explotación minera en países en vías de desarrollo se conformaran con los estándares necesarios de derechos humanos y mucho menos para asegurar su responsabilidad ecológica.

El 23 de junio de 2004, el noveno tribunal colegiado del noveno circuito en materia administrativa resolvió el amparo D.A. 65/2004-873 y enunció con claridad que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa debía cancelar en forma definitiva la licencia de uso de suelo y funcionamiento que mediante oficio de fecha 26 de febrero de 1999 había otorgado el Instituto Nacional de Ecología, órgano desconcentrado de la Semarnap, hoy Semarnat, a Minera San Xavier. El tribunal determinó que esa autorización se había otorgado contraviniendo, primero, las disposiciones jurídicas federales en materia ambiental, y segundo, el decreto administrativo estatal en que se aprobó el plan de ordenación de San Luis Potosí y su zona conurbada. Después de la resolución del tribunal colegiado, cualquier acción de todo nivel de gobierno implicó una acción de desacato.

Esta resolución no frenó a la compañía y con subsecuentes apoyos federales y estatales inició su expansión territorial. Compró terrenos municipales y fincas abandonadas en la cabecera municipal de Cerro de San Pedro mediante contratos al margen de la ley o mediante la firma de un contrato de arrendamiento de tierras del ejido de Cerro de San Pedro con falsos ejidatarios, el cual fue anulado por resolutivos tanto del tribunal agrario como del segundo tribunal colegiado del noveno circuito.

Con este falso contrato cerró caminos vecinales que durante 400 años fueron utilizados por los pobladores de las comunidades de la Zapatilla, Cuesta de Campa, Portezuelo y Cerro de San Pedro, sin haber tramitado y obtenido los permisos necesarios. También invadió terrenos propiedad de la nación, pertenecientes a la antigua vía del ferrocarril Potosí-Ríoverde, ramal San Pedro. Instaló, igualmente, una cerca ciclónica de varios kilómetros de longitud que envolvió el poblado por el lado norte, oriente y poniente, impidiendo el paso a pobladores, visitantes y ejidatarios a áreas que en verdad siguen siendo municipales.

El 2 de junio de este año, el juzgado XI de distrito en materia administrativa en el Distrito Federal emitió su resolución del amparo 1065/2007, que se promovió contra el tribunal de justicia fiscal y administrativa respecto a la nulidad de un nuevo permiso que la compañía misma recibió de Semarnat en abril del 2006. El juzgado de distrito estableció que se debe nuevamente resolver el recurso de queja y al final de la resolución establece que se debe considerar los amparos directos 65/2004 y D.A. 24/2005, que establecían que ni siquiera en forma condicionada podía darse autorización alguna a la compañía.

A pesar de esto, la minera sigue devastando el área de Cerro de San Pedro.

Carlos Montemayor LA JORNADA viernes 11 de julio de 2008





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